Varias agencias han publicado conjuntamente una guía sobre los derechos de los empleados y las quejas de los trabajadores LGBT, disponible en http://www.opm.gov/LGBTguide.
Consejos para el proceso de quejas.:
- Documentar todo. Su queja será más efectiva si puede presentar información objetiva sólida. Es importante comenzar a recopilar su evidencia y mantener registros en preparación. Mantenga un registro de la fecha, la hora, la ubicación, los testigos y las personas involucradas en cualquier evento que haya sido irrespetuoso o discriminatorio. También guarde cualquier documento que su agencia le dé, como revisiones de desempeño o avisos disciplinarios. Si presenta su caso de manera organizada, aumenta la posibilidad de que su queja reciba toda la atención y una resolución adecuada.
- Mantente al tanto de los plazos. Los plazos para el proceso de quejas formales son muy estrictos y son más cortos para los empleados federales que para los trabajadores privados. Si siente que ha experimentado un patrón de discriminación continua, es más seguro asumir que el límite de tiempo comenzó tan pronto como reconoció ese patrón. Asegúrese de anotar la fecha en que presentó su queja por primera vez. Marque su calendario en cada etapa del proceso para que conozca todos los plazos relevantes.
- Ser asertivo. No asuma que una vez que presente una queja, el proceso de quejas se procederá automáticamente. Consulte periódicamente para saber qué está sucediendo con su caso. Si la acción o inacción del consejero de EEO que maneja su caso le está causando problemas en el trabajo, comuníquelo a su atención.
- Se específico. No puede confiar en su oficina local de EEO para establecer la base de su reclamo, o para declararlo correctamente. Debe declarar que afirma que los actos que describe constituyen una discriminación sexual. Describir los actos que usted cree que son discriminatorios no suele ser suficiente.
- Ser persistente. En el pasado, las oficinas federales de EEO han desestimado las quejas formales e informales de los empleados transgénero, a veces sin investigación. Para mantener su reclamo vivo después de un despido o una denegación, debe apelar hacia arriba en cada etapa. Ningún despido es definitivo hasta que venga de la EEOC, e incluso en ese caso, tiene derecho a apelar ante un tribunal. Nuevamente, debe cumplir con todos los plazos para conservar sus derechos.
Procedimientos de quejas de la Unión
Si usted es miembro de un sindicato, su sindicato tendrá un procedimiento de reclamo negociado para resolver las disputas entre los empleados y su agencia. Este proceso puede excluir específicamente las quejas por discriminación, o puede tener reglas sobre la interacción entre el procedimiento de reclamo y el proceso EEO de su agencia. Su membresía sindical no le impedirá presentar una queja formal de EEO, pero presentar una queja formal de EEO puede impedirle utilizar su procedimiento sindical. El procedimiento de su sindicato puede tener plazos estrictos y menos garantías o derechos de apelación que una queja de EEO, pero también puede ser más rápido o requerir menos asistencia legal. Comuníquese con el representante de su sindicato para obtener detalles y decida cuál sería la mejor manera de proceder basándose en la seriedad de su problema y su relación con su sindicato.
Los procesos internos de EEO de su agencia: Asesoramiento o Resolución Alternativa de Disputas.
El primer paso es ponerse en contacto con un consejero de EEO en la agencia donde trabaja o donde solicitó un trabajo. Debes contactar al consejero de EEO de tu agencia. dentro de 45 días desde el día en que ocurrió la discriminación o te diste cuenta de la discriminación. (Nota: este es un período de tiempo más corto que el que se aplica al sector privado).
Puede elegir participar en la asesoría para resolver el problema o en la Resolución alternativa de disputas (ADR) si su agencia lo ofrece. Normalmente, la asesoría debe completarse dentro de los días 30 y ADR dentro de los días 90. Si la consejería o el ADR no tienen éxito, su consejero de EEO le notificará cómo presentar una queja formal, lo que debe hacerse dentro de los días 15.
Queja formal e investigación.
Si elige presentar una queja formal, debe saber que algunas agencias enumeran la identidad de género como una categoría separada para las quejas de EEO. Sin embargo, solo las quejas presentadas en la categoría de discriminación sexual pueden apelarse ante la EEOC, como se explica a continuación. Independientemente de lo que un consejero de EEO pueda decirle, puede presentar una queja de discriminación basada en su estado transgénero en la categoría de discriminación sexual.
Una vez que haya presentado una queja formal, su agencia revisará la queja y decidirá si el caso debe ser desestimado por un motivo procesal (por ejemplo, se contactó con el consejero de EEO demasiado tarde o presentó su reclamo demasiado tarde). Si su agencia no desestima la queja, llevará a cabo una investigación. La agencia tiene 180 días desde el día en que presentó su queja para finalizar la investigación.
Si su reclamo se rechaza con una declaración de que no está cubierto por el Título VII como discriminación sexual, comuníquese con NCTE inmediatamente. Le ayudaremos a apelar ese fallo procesal ante la EEOC.
Después de la investigación.
Cuando finalice la investigación, su agencia emitirá un aviso con dos opciones: solicitar una audiencia ante un Juez Administrativo de la EEOC o saltear la etapa de audiencia y pedirle a su agencia que emita una orden final sobre si ocurrió la discriminación. En cualquier caso, su agencia finalmente emitirá una orden final en su queja. A continuación, tendrá derecho a apelar esa orden final ante la EEOC.
Audiencia ante un juez de derecho administrativo de la EEOC.
Si desea tener una audiencia, debe hacer su solicitud por escrito dentro de 30 días después de recibir la notificación sobre sus derechos de audiencia. Un juez administrativo de la EEOC llevará a cabo la audiencia, tomará una decisión y ordenará el alivio si se encuentra discriminación. Una vez que su agencia reciba la decisión del Juez Administrativo, la agencia emitirá una orden final que le informará si la agencia está de acuerdo con el Juez Administrativo y si otorgará el alivio que el juez ordenó. La agencia tendrá 40 días para emitir la orden final, que también le informará sobre su derecho a apelar ante la EEOC, su derecho a presentar una demanda y los plazos para ambos.
Apelando la orden final de su agencia a la EEOC.
Si su agencia emite una orden final y no se encuentra discriminación, o si no está de acuerdo con alguna parte de la decisión, tiene el derecho de apelar la decisión ante la EEOC en Washington, DC, o impugnarla en el tribunal. Si apela la orden, su apelación será decidida por la Oficina de Operaciones Federales de la EEOC en Washington, DC.
Debe presentar su apelación ante la EEOC a más tardar 30 días después de recibir la orden final de su agencia. Si no está de acuerdo con la decisión de la EEOC sobre su apelación de la orden final de la agencia, puede solicitar una reconsideración de esa decisión dentro de los días 30. La agencia también tiene el derecho de pedirle a la EEOC que reconsidere la decisión. Una vez que la EEOC ha tomado una decisión sobre su solicitud de reconsideración, la decisión es definitiva. Si su agencia ha perdido, la agencia no puede apelar a la corte. Sin embargo, si ha perdido antes de la EEOC, puede apelar la decisión de la EEOC ante el tribunal.